Digamos que quiero volver a tener corriente nocturna, pero no he volado de noche recientemente, así que contraté a un instructor para que vuele conmigo. Si no cuento el tiempo PIC, no veo ningún problema, simplemente lo registraría como instrucción dual. Pero si registro el tiempo de PIC, ¿el instructor se considera un pasajero? Si es así, no podría tener al instructor conmigo ya que no tengo corriente nocturna.
¿Existe una excepción para volar con un instructor?