Pregunta:
¿Puedo contar el tiempo de PIC al recuperar moneda nocturna con un instructor?
kevin42
2014-01-05 00:44:29 UTC
view on stackexchange narkive permalink

Digamos que quiero volver a tener corriente nocturna, pero no he volado de noche recientemente, así que contraté a un instructor para que vuele conmigo. Si no cuento el tiempo PIC, no veo ningún problema, simplemente lo registraría como instrucción dual. Pero si registro el tiempo de PIC, ¿el instructor se considera un pasajero? Si es así, no podría tener al instructor conmigo ya que no tengo corriente nocturna.

¿Existe una excepción para volar con un instructor?

Dos respuestas:
Lnafziger
2014-01-05 01:07:00 UTC
view on stackexchange narkive permalink

Puede registrar el tiempo de PIC porque es "el único manipulador de los controles de una aeronave para la que está calificado el piloto" ( 14 CFR 61.51). Eso es todo lo que se requiere en este caso para que el piloto registre el tiempo de PIC.

Entonces, dado que un piloto debe tener corriente nocturna para volar con pasajeros, ( 61.57 (b) ) la pregunta es, "¿un instructor de vuelo se considera un pasajero si proporciona instrucciones"?

AOPA tiene una sesión informativa de vuelo sobre este escenario específico donde citan las interpretaciones legales de la FAA como diciendo:

"Estamos de acuerdo en que, a los efectos de la sección 61.57 (b), un instructor autorizado que proporciona instrucción en una aeronave no se considera un pasajero con respecto a la persona que recibe la instrucción, incluso cuando el La persona que recibe la instrucción actúa como [piloto al mando]. (El instructor debe estar al día, estar calificado para instruir y tener una habilitación de categoría, clase y tipo en la aeronave, si se requiere una habilitación de clase y tipo). no es un pasajero porque está presente específicamente para capacitar a la persona que recibe la instrucción. Tampoco la persona que recibe i Instrucción a un pasajero con respecto al instructor. Este entrenamiento puede llevarse a cabo, aunque ninguno de los pilotos haya cumplido con los requisitos de 61.57 (b) ".

Tenga en cuenta que en este caso dicen que, dado que ninguno de ellos es pasajero, técnicamente ni el piloto ni el instructor de vuelo tienen que estar al día.

egid
2014-01-05 00:57:15 UTC
view on stackexchange narkive permalink

Aquí está la definición legal de la FAA de un piloto al mando de 14 CFR 1.1. Tenga en cuenta que esta es una definición completamente independiente de los requisitos para registrar tiempo de PIC:

Piloto al mando significa la persona que:

(1) Tiene la autoridad final y la responsabilidad de la operación y seguridad del vuelo;

(2) Ha sido designado como piloto al mando antes o durante el vuelo; y

(3) Posee la categoría, clase y tipo de habilitación apropiados, si corresponde, para la realización del vuelo.

En un vuelo De esta forma, puede actuar como piloto al mando del vuelo siempre que esté calificado para la aeronave y, por lo tanto, puede registrar tiempo como piloto al mando. El CFI puede registrar el tiempo de PIC, ya que un instructor puede registrar todo el tiempo dedicado a instruir (esto contaría, usted está trabajando en sus aterrizajes nocturnos). 14 CFR 61.51 (e) cubre el registro del tiempo PIC.

Si, por alguna razón, el piloto que recibe la instrucción no se siente competente para actuar como el PIC, puede designar al CFI como el PIC según el punto (2) de la definición en 14 CFR 1.1. Si este es el caso, ya que todavía son los únicos manipuladores de los controles, el piloto que no instruye a PIC todavía puede registrar el tiempo .



Esta pregunta y respuesta fue traducida automáticamente del idioma inglés.El contenido original está disponible en stackexchange, a quien agradecemos la licencia cc by-sa 3.0 bajo la que se distribuye.
Loading...